Las empresas disponen de una ayuda económica (crédito) para la formación de sus trabajadores, que se hace efectiva mediante la aplicación de bonificaciones en las cotizaciones a la Seguridad Social. La formación financiada a través de estas ayudas, denominada FORMACIÓN PROGRAMADA POR LAS EMPRESAS, tiene como objetivo responder a las necesidades específicas de formación planteadas por las empresas y sus trabajadores.
La empresa puede decidir qué formación necesita, cómo y cuándo la realiza, y organizarla bien por sí misma, o bien delegando todos los trámites en una Entidad Organizadora.
Autoescuela Neptuno es centro autorizado inscrito en el correspondiente registro de entidades de formación para realizar todos los trámites, ante la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (FUNDAE), necesarios para la correcta bonificación de todos los costes que conlleve la formación de sus trabajadores.
Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
Garantizar la gratuidad de la formación para los trabajadores.
Tener centros de trabajo en territorio estatal y cotizar por la contingencia de Formación Profesional a la Seguridad Social.
La acción formativa debe guardar relación directa con la actividad de la empresa.
Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
Garantizar la gratuidad de la formación para los trabajadores.
Tener centros de trabajo en territorio estatal y cotizar por la contingencia de Formación Profesional a la Seguridad Social.
La acción formativa debe guardar relación directa con la actividad de la empresa.
Asistir al menos al 75% de las horas impartidas.
Cotizar a la Seguridad Social en concepto de Formación Profesional.
Ser trabajador asalariado, que preste sus servicios en empresas privadas o entidades públicas no incluidas en el ámbito de aplicación de los acuerdos de formación de las Administraciones Públicas.
Estar dado de alta en la Seguridad Social en la empresa beneficiaria de la bonificación en la fecha de inicio de la acción formativa.
Asistir al menos al 75% de las horas impartidas.
Cotizar a la Seguridad Social en concepto de Formación Profesional.
Ser trabajador asalariado, que preste sus servicios en empresas privadas o entidades públicas no incluidas en el ámbito de aplicación de los acuerdos de formación de las Administraciones Públicas.
Estar dado de alta en la Seguridad Social en la empresa beneficiaria de la bonificación en la fecha de inicio de la acción formativa.
Todos los cursos CAP son susceptibles de bonificación para los trabajadores y empresas que cumplan con los requisitos expuestos anteriormente, así como la obtención de cualquier permiso de conducir, siempre y cuando la acción formativa a bonificar guarde relación directa con la actividad de la empresa.
¡Contacta con nosotros y te informaremos sin compromiso!
Todos los cursos CAP son susceptibles de bonificación para los trabajadores y empresas que cumplan con los requisitos expuestos anteriormente, así como la obtención de cualquier permiso de conducir, siempre y cuando la acción formativa a bonificar guarde relación directa con la actividad de la empresa.
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